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Dotaciones mínimas de recarga de vehículos (CTE HE 6)

Real Decreto 450/2022, de 14 de junio, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo (sección HE 6 «Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos»).

Texto oficial en el BOE ↗

Qué regula

Obliga a prever la recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos de edificios nuevos y en algunas reformas. La introdujo el RD 450/2022; antes, la dotación mínima estaba en el RD 1053/2014.

Lo que te importa

  • Residencial privado: conducción de cables para el 100 % de las plazas.
  • Otros usos: conducción para al menos el 20 % de las plazas y una estación de recarga por cada 40 plazas (más exigente en edificios de la Administración General del Estado).
  • Se aplica a obra nueva y a ciertas reformas, cambios de uso o intervenciones en la instalación eléctrica.

Qué ha cambiado

  1. Corrección de erroresCorrige erratas del RD 450/2022.